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INGENIERIA AGRONOMICA
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¿Qué disposiciones arancelarias rigen la ingeniería agronómica en la jurisdicción nacional? |
| Se trata del
decreto 3771, que aprobó el Arancel Profesional del Ingeniero Agrónomo
con fecha 11 de Abril de 1957. Con una modificación, dispuesta por decreto
5313/57, dicho arancel es el que rige en la actualidad. |
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¿Qué previsión especial contiene el arancel para los profesionales en relación de dependencia? |
| Los profesionales
vinculados en relación de dependencia no tendrán derecho al cobro
de honorarios por las tareas específicas que deban ejecutar en función
del cargo que desempeñan, salvo convenio en contrario (Art. 6 decreto
3771/57). |
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¿Cuál es la condición necesaria para que no se aplique el arancel a los profesionales en relación de dependencia? |
| La labor profesional,
debe ser aprovechada personalmente por el principal o empleador (Art. 6 decreto
3771/57). |
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¿Qué ocurre en otros supuestos? |
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Si la labor profesional
no se prestare directamente al empleador o principal, sino que recae sobre
bienes o cosas de terceros, el profesional tendrá derecho a percibir
los honorarios que fija el arancel, participando al principal o empleador
hasta en un 50% de sus honorarios (Art. 6 párrafo final decreto 3771/57). |
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¿Cómo se calculan los honorarios por proyecto y dirección de obra? |
| Los honorarios
por proyecto y dirección de obra, se calculan sobre el costo total de
la misma, que comprende todos los gastos necesarios para realizarla, con exclusión
del costo del terreno y del honorario mismo. (Art. 23 inciso "a"
decreto 3771/57). |
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¿Y si el contratante provee total o parcialmente los materiales? |
| En ese caso,
se computará su valor basado en los precios corrientes en la época
de su utilización (Art. 23 inciso "a" in-fine decreto 3771/57). |
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¿Cómo se conceptualiza el anteproyecto? |
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Es un conjunto de informes
técnicos o croquis, que contiene un enfoque de la obra a realizar,
dando una noción aproximada de los lineamientos generales a que deberá
ajustarse la misma (Art. 23 inciso "b" decreto 3771/57.) |
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¿Cómo se conceptualiza el proyecto de una obra de ingeniería agronómica? |
| Es un conjunto
de informes técnicos o planos que contienen los lineamientos definitivos
y documentación completa, que permitan la realización de la obra
(Art. 23 inciso "c" decreto 3771/57). |
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¿En qué consiste la dirección de obra? |
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Es la inspección,
contralor y revisión de las obras a los fines de dar las órdenes
y aclaraciones en el lugar, tendientes a una ejecución correcta y ajustada
a la documentación del proyecto (Art. 23 inciso "d" decreto
3771/57). |
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¿Cómo se clasifican las obras a los fines de la aplicación de las tasas de honorarios por proyecto y dirección? |
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Básicamente en 6
categorías que son las siguientes: |
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¿Qué honorarios corresponden a la primera categoría? |
| Porcentajes
decrecientes que oscilan entre el 5% y el 12% del valor en juego (Tabla B art.
35 decreto 3771/57). |
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¿Qué honorarios corresponden a la segunda categoría? |
| Porcentajes
decrecientes que oscilan entre el 4,5% y el 11,5% del valor en juego (Tabla
B art. 35 decreto 3771/57). |
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¿Qué honorarios corresponden a la tercera categoría? |
| Porcentajes
decrecientes que oscilan entre el 4% y el 11% del valor en juego (Tabla B art.
35 decreto 3771/57). |
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¿Qué honorarios corresponden a la cuarta categoría? |
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Porcentajes decrecientes
que oscilan entre el 3,75% y el 10,5% del valor en juego (Tabla B art. 35
decreto 3771/57). |
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694
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¿Qué honorarios corresponden a la quinta categoría? |
| Porcentajes
decrecientes que oscilan entre el 3,5% y el 10% del valor en juego (Tabla B
art. 35 decreto 3771/57). |
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695
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¿Qué honorarios corresponden a la sexta categoría? |
| Porcentajes
decrecientes que oscilan entre el 3,25% y el 9,5% del valor en juego (Tabla
B art. 35 decreto 3771/57). |
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¿Cómo se liquidan honorarios por trabajos parciales en proyecto y dirección de obras? |
| El
porcentaje de la tabla que corresponda al proyecto completo y dirección
se descompondrá adjudicando al proyecto el 70% del total y a la dirección
de obra el 30% restante (Art. 24 decreto 3771/57). |
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¿Cuál es el régimen de la repetición de obras? |
| El
pago de los honorarios da derecho al comitente a ejecutar la obra una sola
vez. Cuando un proyecto sea usado en forma repetida, el profesional tendrá
derecho a cobrar, por una sola vez el 60% del honorario correspondiente a "estudio
completo y dirección" y el 40% tantas veces como sea usado dicho
proyecto (Art. 29 decreto 3771/57). |
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¿Qué adicional se integra a los honorarios en el supuesto de encomienda de administración de obra? |
| Si
al profesional se le encomendara la administración de la obra, percibirá
un adicional del 60% sobre los honorarios correspondientes a proyecto y dirección
(Art. 32 decreto 3771/57). |
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¿Cómo se calcula el valor en juego a los fines de determinar honorarios por proyecto y dirección de forestaciones? |
| Para
las forestaciones el valor en juego se calculará sobre el costo de la
implantación general del tercer año. Tratándose de planes
de forestación exigidos por ley nacional 13.273 los honorarios se minorarán
en un 50% de los valores generales contenidos en las categorías 4 y
5 (Arts. 35 in-fine y 34 decreto 3771/57). |
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¿Cómo se conceptualiza arancelariamente la certificación agronómica? |
| Se
trata de la constancia por la que se aseguran las cualidades de campos y productos
agropecuarios o artículos de uso o aplicación agrícola
(Art. 17 decreto 3771/57). |
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701
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¿Qué certificaciones tarifa la normativa arancelaria? |
| A)
Certificación de las características de suelo, agua y mejoras
de predios rurales, así como de su aptitud agro-económica de
explotación para los casos de venta privada o remate público. B) Certificación de unidad económica o cánones de arrendamientos o de cánones de aparcería respecto de un predio rural para su locación. C) Certificación de cualidades mínimas de semillas y de otros órganos de reproducción de vegetales cuyo destino final sea la siembra o plantación, respectivamente. D) Certificación de productos destinados a la terapéutica vegetal, lucha contra las malezas, hormonas y microorganismos de aplicación agrícola, productos vigorizantes, fertilizantes y para enmiendas del suelo. E) Certificación de cualidades (sanidad, estimación de cosecha etc.) de montes frutales y cultivos hortícolas y de regadío. F) Certificación de las cualidades de cultivos de secano y arroz. G) Certificación de cualidades de productos agropecuarios destinados a la comercialización o consumo (Art. 17 decreto 3771/57). |
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702
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¿Cómo se retribuyen monetariamente las encomiendas de certificaciones? |
| Con
una escala decreciente que tiene en cuenta las cantidades de unidades o hectáreas
certificadas y que surge de las tablas incorporadas al artículo 17 del
decreto 3771/57. |
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703
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¿Cómo se conceptualiza la Dirección Técnica? |
| La
Dirección Técnica, implica: asesoramiento, planificación,
organización, supervisión o representación de toda persona,
empresa, establecimiento o entidad dedicada a la actividad agraria o vinculada
directamente a la misma (Art. 18 decreto 3771/57). |
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704
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¿Cómo se retribuye monetariamente esta función? |
| Aplicando
una escala acumulativa con porcentajes decrecientes que calculados sobre la
base de las entradas brutas anuales oscila entre el 6% y el 1% de las mismas
(Art. 19 decreto 3771/57). |
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705
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¿Y en el caso de asesorías técnicas? |
| En
este caso se aplican los honorarios de Dirección Técnica, con
una minoración del 50% (Art. 20 decreto 3771/57). |
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706
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¿Y si además el director técnico ejerce la administración? |
| La
normativa arancelaria establece en estos casos el honorario de la dirección
técnica más un plus del 30% sobre el monto que resultare (Art.
21 decreto 3771/57) |
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¿Cómo se calculan los honorarios por levantamientos altimétricos? |
| Sumando
los correspondientes a los puntos de estación y a los puntos de mira.
El artículo 36 del decreto 3771/57, contiene una tabla que fija a los
efectos indicados un porcentaje decreciente. Una fórmula diferente es
utilizada por el artículo 18 del decreto-ley 7887/55 referente a nivelación
geométrica con ejecución de planimetría. |
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¿Cómo se categorizan las tasaciones rurales? |
| Las
tasaciones de inmuebles rurales y/o sus mejoras, instalaciones, plantaciones
y cultivos pueden ser globales o en lotes. Estas últimas, también
llamadas parcelarias son aquellas en que se tasa cada uno de los lotes en que
se encuentra dividido el conjunto (Art. 45 decreto 3771/57). |
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¿Cómo se retribuye monetariamente el estudio forestal de bosques naturales? |
| El
arancel establece un honorario básico cambiante de acuerdo a la ubicación
del bosque "A) Selva Misionera y Tucumana Oranense, B) Parque Chaqueño,
C) Parque Pampeano Puntano, D) Bosques Sud-Antárticos, E) Parque Mesopotámico
y F) Monte Xerófilo" como asimismo de acuerdo al contenido del
estudio que puede consistir en Inventario; Inventario, ordenación y
tasación o Inventario, ordenación, tasación y plan agronómico
(Art. 15 decreto 3771/57). |
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¿Cómo se clasifican arancelariamente las obras de ingeniería agronómica en la provincia de Buenos Aires? |
| A)
Establecimientos agrícolas y ganaderos que corresponden a la primer
categoría. B) Huertas y tambos que corresponden a la segunda categoría. C) Viveros, criaderos, granjas y cabañas que corresponden a la tercer categoría. D) Forestaciones que corresponden a la sexta categoría. E) Forestaciones de dunas y médanos, bañados y zonas montañosas. Conservación de suelos, desagües y riegos y plantaciones de frutales y especiales que corresponden a la octava categoría. F) Parques y jardines, cascos de estancias, plazas y paseos públicos y campos de deportes que corresponden a la novena categoría (Art. 1, Título VII decreto 6964/65). |
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711
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¿Qué significado tiene la diversa categoría en la que se incluyen las diversas obras? |
| La
categoría determina según la Tabla XVII incluida en el artículo
7 del Título VIII del decreto 6964/65 una diferente retribución
que en todo los casos es porcentual y decreciente a medida que aumenta el valor
en juego. |
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712
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¿Cómo se calcula el valor en juego a los efectos del cálculo de los honorarios en los casos de informes y estudios técnicos? |
| En
los casos de determinación de unidad económica o cánones
de arrendamiento, o planificación para subdivisiones de campos, se entenderá
por valor en juego el total del capital fundiario determinado por el profesional
en su trabajo aprobado por el comitente, la justicia competente o repartición
oficial cuando ello corresponda. (Art. 2, Título VII decreto 6964/65). |
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713
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¿Existe algún límite mínimo para dicho valor en juego? |
| Sí,
no puede ser inferior a la valuación fiscal (Art. 2 primer párrafo
decreto 6964/65). |
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714
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¿Cuál es la base general para el cálculo de honorarios por tasación de bosques naturales? |
| El
valor por hectárea de bosques será el del monto conjunto del
terreno y plantación (Art. 3 primer párrafo decreto 6964/65). |
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¿Cómo se conceptualiza a las certificaciones y fiscalizaciones agronómicas? |
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Se trata de la constancia
por la que se aseguran las cualidades de campos o productos agropecuarios
o artículos de uso o aplicación agrícola (Art. 4 primer
párrafo decreto 6964/65). |
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716
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¿Qué tipo de certificaciones conceptualiza y arancela el sistema normativo de la provincia de Buenos Aires? |
| A)
Certificación de las características del suelo, agua, mejoras
de predios rurales, así como de su aptitud agronómica de explotación,
para los casos de venta privada o remate público. B) Certificación de unidad económica o cánones de arrendamiento o de aparcería, respecto a un predio rural para su locación. C) Certificación de las cualidades mínimas de las semillas y otros órganos de reproducción vegetales, cuyo destino final sea la siembra o plantación respectivamente. D) Certificación de productos destinados a la terapéutica vegetal, lucha contra las malezas, hormonas y microorganismos de aplicación agrícola, productos vigorizantes, fertilizantes y para enmiendas del suelo. E) Certificación de cualidades de montes frutales (sanidad, estimación de cosechas etc.), cultivos hortícolas y de regadío. F) Certificación de las cualidades de productos agronómicos destinados a la comercialización o consumo. G) Certificación de las cualidades de cultivos de secano y arroz (Art. 4 Título VII decreto 6964/65). |
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¿Qué tipo de fiscalizaciones conceptualiza y arancela el sistema normativo de la provincia de Buenos Aires? |
| A)
Fiscalización de empaque de frutas para exportación en los galpones. B) Fiscalización de empaque de frutas en frigoríficos, estaciones terminales o puertos (Art. 4 incisos "h" e "i" decreto 6964/65). |
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¿Cómo se conceptualiza la dirección técnica agronómica? |
| Dirección
Técnica implica asesoramiento, planificación, supervisión
o representación de toda persona, empresa, establecimiento o entidad,
dedicada a la actividad agropecuaria o vinculada directamente con la misma
(Art. 5, Título VII decreto 6964/65). |
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¿Cómo se retribuye monetariamente la función de director técnico? |
| Con
una cifra porcentual, calculada sobre las entradas brutas anuales
que oscila entre el 10% y el 3%. La escala es decreciente a medida que avanza
el valor en juego (Art. 5, Título VII decreto 6964/65). |
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¿Qué implica la administración rural? |
| La
administración rural implica, a más de la dirección técnica,
el gobierno de la empresa de acuerdo con las leyes de economía agraria
y respectiva contabilidad (Art. 6 decreto 6964/65). |
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¿Cómo se calculan los honorarios por administraciones rurales? |
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Con un porcentaje basado
en las entradas brutas que cambia de acuerdo al objeto administrado de acuerdo
al siguiente detalle: |
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¿Cómo se conceptualiza la foto-interpretación agronómica? |
| Este
trabajo consiste en determinación de áreas forestales, hidrológicas
etc., basado en estudios de fotogramas (Art. 13 Título VII decreto 6964/65). |
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¿Cómo se remunera arancelariamente? |
| El
honorario para la foto-interpretación agronómica se establecerá,
considerándolo como una tasación y tomando como base el valor
global de los bienes estudiados. |
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